¡Vía libre para la Superliga! La jueza dicta sentencia contra FIFA y UEFA

  • La resolución del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid da la razón al proyecto impulsado por Madrid y Barcelona.
  • UEFA y FIFA "Infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea".
Florentino Pérez y Aleksander Čeferin
Florentino Pérez y Aleksander Čeferin / Chris Brunskill/Fantasista/GettyImages
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Nuevo revés para UEFA y FIFA en su disputa contra la Superliga. El Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid ha estimado parcialmente la demanda presentada por la European Super League Company S. L. (ESLC) en la pelea que mantiene contra los organismos presididos por Aleksander Ceferin y Gianni Infantino.

La sentencia acusa de abuso de posición dominante y de impedir la libre competencia en el mercado tanto a UEFA como a FIFA "al considerar que infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y atribuirse la facultad discrecional de prohibir la participación en competiciones alternativas e imponer restricciones injustificadas y desproporcionadas", según ha informado este lunes el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.


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La sentencia también ordena a ambos organismos que "cesen en las conductas anticompetitivas sancionadas y se les prohíba su reiteración futura, además de condenarles a remover inmediatamente todos los efectos de las actuaciones anticompetitivas que se hayan producido antes o durante la duración de este procedimiento, que comenzó el 18 de abril de 2021 cuando ESLC anunció la puesta en marcha de un proyecto de nueva competición de fútbol profesional, llamado Superliga, y ejercitó acciones en materia de defensa de la competencia ante la respuesta de las citadas instituciones".

"No cabe la imposición de una prohibición o restricción en abstracto; es decir imponer una prohibición a futuro de cualquier otro proyecto o modificación del ya presentado. Admitir lo contrario supondría aceptar una suerte de protección o blindaje de cualquier proyecto de competición futbolística que fuera presentado por las demandantes lo cual no es aceptable", dice la sentencia.

Esta sentencia sigue la misma línea que la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europa el pasado mes de diciembre.

No obstante, esta resolución no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid.